A través del Decreto 409/2026, el Poder Ejecutivo puso en marcha el Régimen de Promoción del Empleo Registrado. Contempla el perdón de hasta el 100% de multas y deudas de seguridad social según el tamaño de la empresa, y reconoce los años de servicio para la jubilación de los empleados.
El Gobierno nacional oficializó la reglamentación del Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), una de las vigas maestras de la reforma laboral promulgada el pasado 6 de marzo. A través del Decreto 409/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo, el Ejecutivo habilitó un amplio plan de regularización para trabajadores del sector privado no registrados o mal encuadrados. Como principal incentivo, la normativa ofrece a los empleadores la condonación de deudas por aportes y la extinción de acciones penales, mientras que a los trabajadores se les reconocerá el tiempo de servicio para su futura jubilación.
EL ESQUEMA DE CONDONACIÓN SEGÚN EL TAMAÑO DE EMPRESA
La normativa aplica un perdón total (100%) sobre deudas de Obras Sociales, Riesgos del Trabajo (ART) y Seguro de Vida Obligatorio. Para el resto de los aportes y contribuciones patronales, el porcentaje de condonación varía según la escala del empleador:
| Tipo de Empresa / Entidad | Porcentaje de Condonación |
| Micro y Pequeñas Empresas (y entidades sin fines de lucro) | 90% |
| Medianas Empresas | 80% |
| Grandes Empresas y demás empleadores | 70% |
Beneficios fiscales, planes de pago y blindaje penal
El plan de regularización está diseñado para incentivar la formalización inmediata. Para aquella porción de la deuda que no resulte condonada por el decreto, el Gobierno fijó dos alternativas de cancelación: un beneficio por pago al contado que aplicará una reducción adicional del 50% sobre el capital e intereses remanentes, o bien la adhesión a un plan de facilidades de pago que deberá instrumentar a la brevedad la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
En el plano legal, el decreto introduce un fuerte blindaje para las empresas que decidan ingresar al régimen al dictaminar la extinción de la acción penal, siempre y cuando no exista una sentencia firme a la fecha en que el empleador decida adherirse al blanqueo y las imputaciones estén estrictamente vinculadas a las obligaciones previsionales regularizadas. Asimismo, las firmas que se pongan al día lograrán la baja definitiva del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) por las infracciones cometidas o constatadas con anterioridad al 6 de marzo.
¿Qué pasa con los derechos del trabajador regularizado?
La reglamentación aclara minuciosamente el impacto que tendrá este proceso sobre la historia laboral de los empleados formalizados. El período de tiempo incluido en la regularización patronal será considerado de forma retroactiva como tiempo de servicio efectivo. De este modo, los años «en negro» blanqueados computarán de manera legal para acreditar el mínimo de años requeridos para obtener la Prestación Básica Universal (PBU) al momento de jubilarse.
Del mismo modo, el tiempo regularizado servirá para validar la condición de aportante necesaria para el acceso a las prestaciones de Retiro Transitorio por Invalidez o la Pensión por Fallecimiento del afiliado en actividad, así como para el cobro del seguro por desempleo. Respecto a los montos, el texto aclara que el cálculo de estos beneficios previsionales se realizará tomando como base el equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) vigente, a menos que el sueldo real declarado por el empleador sea superior a dicho piso legal.
